3 jul 2007

Articulos no permitidos en el equipaje de mano a la hora de montarse en un avión

NO incluya ninguno de los siguientes artículos en su equipaje de mano:

A) Pistolas, armas de fuego o de otra clase
Ningún objeto capaz o aparentemente capaz de descargar proyectiles o de causar daño, incluyendo:

  • toda clase de armas de fuego (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, etc.),
  • réplicas e imitaciones de armas de fuego,
  • partes componentes de armas de fuego (excluyendo los visores y miras telescópicas),
  • pistolas y rifles de aire comprimido y escopetas de perdigones,
  • pistolas de bengalas de señales,
  • pistolas de salida,
  • pistolas de juguete de cualquier tipo,
  • pistolas de bolas,
  • pistolas industriales de remaches y clavos,
  • ballestas,
  • tirachinas,
  • arpones y fusiles submarinos,
  • instrumentos para el sacrificio de animales,
  • artefactos aturdidores o de descarga eléctrica, p.ej. para el ganado,
  • armas de dardos o de energía transmitida por proyectiles (pistolas eléctricas),
  • y encendedores en forma de armas de fuego.
*

B) Armas punzantes o cortantes y objetos afilados
Artículos punzantes o cortantes capaces de causar heridas, incluyendo:

  • hachas y hachuelas,
  • flechas y dardos,
  • crampones,
  • arpones y jabalinas,
  • hachas y piquetas para el hielo,
  • patines para el hielo,
  • navajas automáticas o de resorte con hojas de cualquier longitud,
  • cuchillos, incluidos los de ceremonia, fabricados de metal o cualquier otro material lo suficientemente fuertes para ser usados como arma potencial,
  • cuchillos de carnicero,
  • machetes,
  • navajas y cuchillas de afeitar (excluyendo las maquinillas de afeitar de seguridad o las desechables con hojas encapsuladas),
  • sables, espadas y estoques,
  • bisturíes,
  • tijeras con hojas mayores de 6 cm. de longitud,
  • bastones de esquí, paseo o excursionismo,
  • cuchillas arrojadizas,
  • y las herramientas e instrumentos artesanos con potencial para ser usados como arma punzante o cortante, p. ej. taladros y brocas, cuchillas, cuchillos para todos los usos, toda clase de sierras, destornilladores, palanquetas, martillos, tenazas, llaves inglesas o fijas, sopletes.
*

C) Instrumentos contundentes
Cualquier instrumento contundente capaz de causar daño, incluyendo:

  • bates de béisbol y softbol,
  • palos o bastones, rígidos o flexibles, p. ej. cachiporras y porras, bastones de toda clase,
  • palos de críquet,
  • palos de golf,
  • palos de jockey,
  • palos de lacrosse,
  • remos para kayaks y canoas,
  • monopatines,
  • tacos de billar en cualquiera de sus clases,
  • cañas de pesca
  • y equipos para artes marciales, p. ej. puños americanos, palos, mayales, nunchacus, kubatones, kubasaunts
*

D) Sustancias explosivas e inflamables
Todas las sustancias explosivas o altamente combustibles que supongan un riesgo para la salud de los pasajeros y de la tripulación o para la seguridad de la aeronave o bienes, incluyendo:

  • municiones,
  • fulminantes,
  • detonadores y espoletas,
  • explosivos y dispositivos explosivos,
  • reproducciones o imitaciones de materiales explosivos o de dispositivos explosivos,
  • minas y otras cargas explosivas de uso militar,
  • granadas de todo tipo,
  • gas y bombonas de gas p. ej. butano, propano, acetileno, oxígeno de gran volumen, fuegos de artificio, bengalas de todo tipo y otros artículos de pirotecnia (incluyendo petardos y fulminantes de juguete),
  • cerillas que no sean de seguridad,
  • bombas o cartuchos generadores de humo,
  • combustibles líquidos inflamables p. ej. gasolina, gasoil, combustible para encendedores, alcohol, etanol, aerosoles, atomizadores de pintura,
    aguarrás y disolventes de pintura,
  • y bebidas alcohólicas cuya graduación volumétrica supere el 70% (140 % graduación).
*

E) Sustancias químicas y tóxicas
Todas las sustancias químicas o tóxicas que supongan un riesgo para la salud de los pasajeros y de la tripulación o para la seguridad de la aeronave o bienes, incluyendo:

  • ácidos y álcalis, p. ej. baterías húmedas que puedan sufrir derrame,
  • sustancias corrosivas o blanqueadoras, p. ej. mercurio, cloro,
  • aerosoles neutralizadores o incapacitantes, p. ej. macis, pimienta, gases lacrimógenos,
  • material radiactivo, p. ej. isótopos para uso médico o comercial,
  • venenos,
  • materiales infecciosos o que entrañen un riesgo biológico, p. ej. sangre infectada, bacterias y virus,
  • materiales con capacidad de inflamación o combustión espontáneas,
    y aparatos extintores de fuego.

En definitiva, todo lo divertido está prohibido :(

Un saludete guap@s.

3 comentarios:

  1. Anónimo1:34 p. m.

    botes de nocilla tampoco, que nos lo echaron pa atrás en el aeropuerto de Zurich :P y es cierto, cualquier liquido de mas de 100 ml se lo quedan ellos, en este caso, pa la merienda.

    Que te vaya bonito en Londres!! traeme algo...

    Saludosss flippy!!!

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  2. Ok, lo tendré en cuenta jejejeje

    Gracias!!! Te voy a traer lo mismo que me has traido tu de Austria xDD

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  3. Anónimo1:30 a. m.

    y porque el cuchillo solo puede tener hasta 6 cm de longitud

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